martes 30 de julio de 2024 - Edición Nº2064

Legislatura | 29 jul 2024

Aportes económicos

Diputados buscan que el sector privado financie proyectos educativos bonaerenses

Un nuevo proyecto llegó a la Legislatura bonaerense de la mano de la diputada del bloque PRO Libertad, Florencia Retamoso, y pretende que haya aportes económicos de privados para financiar proyectos educativos.


Recientemente arribó a la Legislatura bonaerense un proyecto que propone que aquellas personas humanas, físicas o jurídicas puedan realizar aportes económicos para financiar proyectos educativos, que fortalezcan los establecimientos públicos y privados de la provincia de Buenos Aires.

En ese sentido la iniciativa, ingresada por la titular del bloque PRO-Libertad de la Cámara de Diputados bonaerense, Florencia Retamoso, propone regular el mecenazgo en los establecimientos pedagógicos, con la intención de promover proyectos que fomenten el desarrollo del sistema educativo y su acceso.

“Al fomentar la participación del sector privado en la educación, estamos no solo mejorando las condiciones actuales, sino también invirtiendo en el capital humano que será el motor del desarrollo de los años venideros”, aseguró Retamoso en relación al proyecto de fomento de los proyectos educativos.

De acuerdo a la propuesta para financiar proyectos educativos, los aportantes pueden tener todas sus actividades desarrolladas sobre el ámbito educativo o en parte, con lo cual no es condición que quien reciba el financiamiento se dedique por completo a la pedagogía.

Asimismo, la diputada establece beneficios fiscales para que las personas humanas, físicas o jurídicas que realicen aportes a proyectos educativos puedan “imputarse como saldo a favor frente al pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el ejercicio inmediato siguiente a aquel en el que se hubiera generado el aporte”.

El proyecto establece que proyectos educativos puedan ser referidos a la infraestructura ya sea por construcción, reparación, mejora o equipamiento como adquisición o instalación de tecnología. Además, podrían estar referidos a la inclusión para “poblaciones vulnerables” de formación pedagógica o favorecer la calidad educativa

“Este régimen se configura como una herramienta fundamental para promover la participación del sector privado en el fortalecimiento del sistema educativo provincial”, fundamentó la presidente del bloque PRO-Libertad.

En esta línea, Retamoso reconoce que hay “restricciones presupuestarias” en el contexto educativo actual, por lo que considera necesario que el sector privado participe de la educación a través del “mecenazgo”. “Los beneficios fiscales para los proyectos educativos generará una suerte de “circulo virtuoso de cooperación”, sumó.

Vale precisar que, en el proyecto se aclara que quienes participen del intercambio deberán contar con la rendición de cuentas al día o caso contrario, no podrán acceder ni a los aportes ni realizar los mismos en una cuenta bancaria abierta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires que será de uso exclusivo del régimen. También, los beneficiarios del monto tendrán la libertad de rechazarlo de manera unilateral.

Así, en caso de que la Legislatura bonaerense apruebe el proyecto de fomento de los proyectos educativos, los que participen deberán también hacer una remisión de los antecedentes a la Procuración General de la provincia de Buenos Aires y en caso de que haya inconsistencias, las “sanciones se aplicarán en forma progresiva” según el caso.

“Uno de los pilares fundamentales de este proyecto es la transparencia en la gestión de los recursos y la rendición de cuentas”, advirtió Retamoso y agregó: “Las autoridades de aplicación serán quienes garanticen la correcta aplicación del régimen, que también incluye una rendición de cuentas por parte de los beneficiarios del aporte para los proyectos educativos”.

Cabe destacar que, entre las entidades que no pueden participar de esta articulación para llevar a cabo proyectos educativos se encuentran aquellos que difundan productos o marcas de bebidas alcohólicas, tabaco y/o cualquier sustancia prohibida para su venta a menores, ni quienes estén relacionados con los juegos de azar, apuestas y actividades conexas.

Tampoco podrán participar cónyuges o parientes por consanguinidad o que a sea miembro del órgano de administración, fiscalización o que haya participado en alguna similar en los últimos cuatro años.

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