PROVINCIA | 26 ABR 2022

EN BUSCA DE CONSENSO

Se debatirá en la Legislatura bonaerense el proyecto “Alcohol Cero”

La medida impulsada por el ministro de Transporte Jorde D’Onofrio, con el apoyo de Axel Kicillof, tendrá lugar en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.




El día lunes entró a la Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires el proyecto de ley “Alcohol Cero” impulsado por el ministro de Transporte, Jorge D’Onofrio, en respaldo del Gobernador Axel Kicillof.

La iniciativa que implica la modificación de la Ley 13.927 del Código de Transito establece tolerancia cero de alcohol en sangre al volante e incluye todo tipo de vehículos, en ese sentido el documento establece:

“Queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir o con una concentración de alcohol superior a cero (O) miligramos de alcohol”.

En este sentido, el ministro D’Onofrio declaró: “Para nosotros la Seguridad Vial es fundamental ya que la Provincia de Buenos Aires tiene la desgraciada estadística de 4 muertos por día en siniestros viales. Hay que modificar la ley de tránsito para tener tolerancia cero en alcohol al volante”.

“El alcohol disminuye no solo reflejos sino también fines inhibitorios, esa sensación de euforia y de que se puede hacer todo, que son elementos que causan desgracias vinculadas a la alcoholemia”, aseguró el ministro sobre las consecuencias que acarrea la “especulación” en torno a la cantidad de alcohol que actualmente se puede ingerir antes de conducir y que tiene como limite el 0,5% de sustancia en sangre.

De aprobarse el proyecto y de incumplirse la ley la misma contempla: la posibilidad de arresto, la retención de la licencia e inhabilitación para conducir que va desde los tres meses para quienes posean alcoholemia superior a 0 hasta los 0,49 miligramos por litro de sangre, seis meses para conductores/as que tengan entre 0,5 y 0,99%, un año de inhabilitación para quienes superen el 1% y lleguen hasta el 1,5% y dieciocho meses para el infractor o la infractora cuya cifra sea mayor al 1,5% de alcohol en sangre.

Los infractores deberán abonar una multa y/o concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública. En caso de incumplir con el pago de la infracción la misma triplicará su valor; y finalmente, el “decomiso de los elementos cuya comercialización, uso o transporte en los vehículos esté expresamente prohibido”.

D'Onofrio mostró desde el inicio de su gestión el apoyo a la lucha de asociaciones civiles como “Madres del Dolor” y “Estrellas Amarillas”, entre otras, que claman políticas para reducir los límites de alcohol al volante.

“No estamos proponiendo a nadie que cambie sus costumbres. Lo que tiene que cambiar es el momento después, la logística de volver a casa: caminando, con transporte público o con conductor designado, pero nunca más con alcohol al volante”, insistió el Ministro.

Cabe resaltar que los siniestros viales son la primera causa de muerte de personas menores de 35 años y que, el alcohol, está presente en 1 de cada 4 siniestros.

La tolerancia cero al alcohol rige como ley en las provincias de Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán; como ordenanza municipal en los partidos bonaerenses de Gral. Pueyrredon, Moreno, Tigre, Ezeiza, Bragado y Gral. Rodríguez; y en las ciudades del interior del país de: Posadas y Garupá (Misiones), Neuquén Capital, Pueblo Esther, Reconquista, Rosario y Santa Fe (Santa Fe).

Por este motivo, existe una iniciativa federal impulsada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial para tratar el proyecto de ley de alcohol cero en el Congreso de la Nación.

El texto enviado a la Legislatura bonaerense concluye: “El abordaje de la siniestralidad vial como un tema de salud pública por parte de ia Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud, la incompatibilidad del consumo de alcohol con la conducción de automotores, y la necesidad de protección de los usuarios vulnerables, ameritan la imperante necesidad de establecer nuevos parámetros legales sobre el consumo de alcohol a la hora de conducir, lo cual significa adecuar el marco legal vigente en ese sentido”.

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