PROVINCIA | 12 JUN 2023

ELECCIONES 2023

El Procurador dictaminó que la Corte no debe intervenir en la reelección de intendentes

La Procuración General estableció que la presentación realizada para frenar un nuevo período de varios jefes municipales no es competencia del máximo tribunal y que el caso debe plantearse en la justicia local.




A través de un dictamen, el procurador nacional Eduardo Casal dictaminó que la Corte Suprema de Justicia no debe intervenir en la reelección de intendentes bonaerenses. Lo hizo en respuesta a la presentación realizada por Oscar Héctor Alva, presidente del partido PAIS de la Provincia de Buenos Aires, con el abogado Andrés Gil Domínguez.   

Similar a su postura con las elecciones en varias provincias, desde la Procuración General redactaron un dictamen donde aseguran que, para que intervenga el máximo tribunal nacional, primero la presentación se tendría que oficializar en la Suprema Corte de Justicia Bonaerense.

Para Casal, “el proceso resulta ajeno al conocimiento del Tribunal”, debido a que la Corte Suprema no debe intervenir en los procesos electorales de las provincias.

A través de su presidente, el partido PAÍS había realizado una presentación ante la CSJN para limitar las reelecciones de intendentes que van por su segundo mandato. En su presentación, habían planteado que este año hay 91 intendentes sobre los 135 que tiene la provincia que tienen la opción de ir por un nuevo mandato.

En este marco, el sello a nivel provincial cuestionó las PASO convocadas para el próximo 13 de agosto y también solicitó que se suspendan las elecciones del mes de agosto que el gobernador Axel Kicillof convocó para el 13 de agosto si antes de esa fecha no resolvió el caso.

El recurso fue radicado bajo el expediente 1039/2023, con la carátula “Partido País (distrito Buenos Aires) y otro C/BUENOS Aires, provincia de S/Acción declarativa de inconstitucionalidad”. 

A su vez, el abogado patrocinante del denunciante, el prestigioso constitucionalista Andrés Gil Domínguez, aseguró que “el principal fundamento es que en la provincia de Buenos Aires, en el año 2016, se sancionó una ley donde se permitió la posibilidad de una sola reelección para los intendentes y se dictó una medida transitoria para que ese período (2016-2019) contara como el primer período de los dos estipulados”.

Luego de que la Corte le pidiese su opinión, Casal en su dictamen sostuvo que el máximo tribunal debe intervenir en cuestiones locales.

En el dictamen de ocho páginas, manifestó que su parecer es que "corresponde a la justicia de la provincia de Buenos Aires expedirse al respecto, ya que el respeto del sistema federal y de las autonomías provinciales, exige que sean los magistrados locales los que intervengan en las causas en que se ventilen asuntos de esa naturaleza, sin perjuicio de que las cuestiones de índole federal que también puedan comprender esos pleitos sean susceptibles de adecuada tutela por la vía del recurso extraordinario regulado por el artículo 14 de la ley 48".

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