En medio de un escenario de polémica política centrado en los ingresos del titular de la Jefatura de Gabinete, Manuel Adorni, y tras la reciente controversia por la parálisis del pliego de María Verónica Michelli, el presidente de la Nación, Javier Milei, sacudió el organigrama judicial del país. A través del Decreto 467/26, publicado este martes en el Boletín Oficial, la Casa Rosada reformuló de manera drástica el procedimiento de preselección de magistrados destinados a ocupar vacantes en la Corte Suprema de Justicia, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación.
La normativa libertaria, que lleva la firma conjunta del jefe de Estado y del ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, introduce modificaciones quirúrgicas sobre cinco artículos del histórico Decreto 222/03 (que regulaba las nominaciones al máximo tribunal) y sobre otros cinco apartados del Decreto 588/03 (orientado al resto de las jefaturas del Ministerio Público). El argumento central del Gobierno radica en el desmantelamiento de una burocracia que catalogan como perimida, transfiriendo de forma fáctica la total responsabilidad de la impugnación y examen de los candidatos a la Cámara de Senadores.
En los extensos considerandos del decreto, el Poder Ejecutivo fundamentó la necesidad de desarmar los mecanismos de participación civil previos a la elevación de las carpetas, alegando que las etapas administrativas vigentes hasta hoy guardaban una exacta e inconducente similitud con el filtro parlamentario posterior. “La duplicación de las instancias aludidas no solo ralentiza el proceso de cobertura de vacantes, sino que la introducción en sede administrativa de mecanismos que ya se encuentran previstos y se cumplen en la etapa de tratamiento de la solicitud de acuerdo ante el Senado desnaturaliza la etapa de nominación presidencial. Resulta imperativo eliminar trámites innecesarios y etapas duplicadas para agilizar la cobertura”, destaca el decreto.
Bajo esta premisa, la reforma extirpa las audiencias y los períodos de observaciones ciudadanas que antes se desarrollaban bajo la órbita del Ministerio de Justicia en la fase de postulación. Con el nuevo esquema, el Ejecutivo asume un rol puramente nominativo, dejando en manos de los senadores la aduana institucional de someter a los candidatos a las revisiones públicas y los careos reglamentarios antes de otorgar el acuerdo constitucional de los dos tercios.
Cabe destacar que la principal novedad fáctica de la letra chica que redactó Juan Bautista Mahiques radica en la imposición de plazos perentorios y severos que las leyes anteriores omitían regular con precisión, buscando un trámite exprés que impida el desgaste de los candidatos oficiales. De esta manera, una vez que el Presidente oficializa una postulación de forma pública, el candidato en cuestión dispondrá de un término improrrogable de 5 días hábiles para confeccionar y presentar ante el Ministerio de Justicia su declaración jurada patrimonial integral. A su vez, de forma simultánea, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) contará con un plazo idéntico de 5 días para estructurar un pormenorizado informe técnico sobre la conducta fiscal, tributaria y el estado de cumplimiento de las obligaciones previsionales del nominado.
Con esta maedida, la Casa Rosada proyecta que en un lapso estimado de poco más de 40 días corridos el Presidente de la Nación tendrá en su escritorio los legajos depurados, visados y listos para ser remitidos formalmente a la Mesa de Entradas del Senado de la Nación. La reforma desata lecturas cruzadas en el Palacio de Tribunales, mientras el oficialismo lo defiende como una modernización anti-burocrática para cubrir las sensibles vacantes del Máximo Tribunal, la oposición legislativa advierte que la norma licúa las herramientas de control ciudadano previo sobre los antecedentes de quienes aspiran a manejar el Poder Judicial de la República.
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