martes 20 de octubre de 2026 - Edición Nº2876

Provincia | 20 oct 2026

Atención publica

Kreplak bajo la lupa por los controles en salud mental: el polémico nuevo régimen

El Ministerio de Salud bonaerense dispuso un intempestivo cambio en los requisitos de habilitación para clínicas y centros de adicciones.


El Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, conducido por Nicolás Kreplak, publicó la Resolución N.° 7753-MSALGP-2026 donde, bajo el argumento de actualizar las condiciones de funcionamiento, la cartera de salud provincial derogó el régimen de habilitaciones vigente desde 2021 e impuso un paquete de exigencias técnicas, sanitarias y edilicias a los centros dedicados al tratamiento de la salud mental y los consumos problemáticos.

La medida busca profundizar la revisión de los requisitos técnicos, sanitarios, funcionales y edilicios de estos efectores, al tiempo que refuerza los mecanismos de fiscalización, categorización y supervisión en todo el territorio bonaerense. De acuerdo con los fundamentos de la norma, la experiencia acumulada en los últimos años dejó en evidencia la necesidad de actualizar las condiciones operativas e incorporar enfoques prestacionales alineados con la Ley Nacional de Salud Mental y el Plan Provincial de Salud Mental 2022-2027.

Uno de los ejes centrales del nuevo esquema establece que las habilitaciones sanitarias otorgadas bajo el régimen de 2021 conservarán su validez únicamente hasta la fecha de vencimiento dispuesta en su acto administrativo. Sin embargo, al momento de solicitar su renovación, los centros deberán adecuarse por completo a las nuevas exigencias.

Además, la autoridad sanitaria provincial quedó facultada para exigir adecuaciones parciales o medidas correctivas de carácter inmediato en cualquier momento de la vigencia de la habilitación, en caso de detectarse situaciones que pongan en riesgo la seguridad de las personas usuarias, la calidad prestacional o la protección de sus derechos.

Respecto de las instituciones con trámites en curso, se fijaron criterios diferenciados:

  • Con proyecto institucional aprobado: podrán continuar el procedimiento acreditando las readecuaciones complementarias que disponga la autoridad de aplicación.
  • Sin proyecto institucional aprobado: deberán dar por finalizado el trámite e iniciar uno nuevo bajo el marco normativo actualizado.

El rediseño procedimental apunta a dar mayor uniformidad y rigor normativo a la habilitación de este tipo de centros. Para la elaboración del régimen intervinieron la Subsecretaría de Derechos Humanos bonaerense, distintas áreas del Ministerio de Salud, la Asesoría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado.

Con la entrada en vigencia del texto oficial, quedan derogadas las normas complementarias aprobadas en 2021. Los requerimientos edilicios, sanitarios y funcionales detallados en el anexo técnico de la resolución pasarán a ser de cumplimiento obligatorio tanto para nuevos trámites como para renovaciones e inspecciones de oficio.

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